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DECRETO DEL GOBIERNO ARGENTINO PARA EXPULSAR MIGRANTES QUE HAYAN COMETIDO CUALQUIER DELITO
La Justicia avaló el decreto de Macri para echar extranjeros

El juez Ernesto Marinelli rechazó un amparo colectivo liderado por el CELS que buscaba impugnar el Decreto 70/2017, diseñado para que los migrantes acusados de cometer diferentes delitos sean expulsados de Argentina aun sin tener condena firme.
El Decreto 70/2017, impulsado por el gobierno de Mauricio Macri, diseñado para acelerar la expulsión de migrantes acusados de cometer diferentes delitos, fue avalado por la justicia argentina. Este decreto que causó un rechazo en enero de este año por diferentes organismos de derechos humanos y parte de la sociedad entendida en el tema y comprometida.
A principios de este año una comisión de funcionarios llegó desde Bolivia para dar a conocer su preocupación al Director Nacional de Migraciones Horacio García y a la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich quien en su momento relacionó al delito con la migración aunque luego se negó rotundamente de haber cometido semejante error.
No solo incluye la comisión de delitos graves, sino de antecedentes de cualquier delito que merezca, según el artículo 29 del DNU, «penas privativas de la libertad». De cara a la norma, cualquier fiscal o juez debe notificar esto en un lapso de cinco días a la Dirección Nacional de Migraciones, hoy a cargo de Horacio García. El extranjero tiene sólo tres días para presentar pruebas para su defensa.
DERECHOS DE LOS MIGRANTES
Meses atrás, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) buscó impugnar el decreto con una acción de amparo colectivo que incluyó a la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes y al Colectivo por la Diversidad, a la cual luego se sumaron la Defensoría del Pueblo porteña así como la bonaerense entre otras organizaciones.
En un escrito de 95 páginas, el CELS adujo que el decreto «es un nuevo mecanismo para la expulsión de personas migrantes del territorio argentino sustancialmente distinto al diseñado en la Ley de Migraciones Nro. 25.871. Entre las modificaciones que realiza, el DNU altera el régimen de recursos administrativos ante órdenes de expulsión, limita las vías de impugnación judicial y el acceso a la justicia de personas migrantes ante esas decisiones».
LA NOTICIA DE INFOBAE
El medio de comunicación INFOBAE propiedad del empresario Daniel Hadad,(ex dueño de la Revista «La Primera», conocida por su tapa de xenofobia a finales de los años 90 contra los migrantes) publicó ayer un artículo escrito por el periodista Federico Fahsbender donde hace referencia a diferentes casos de algunos extranjeros que cometieron delitos graves. En las primeras líneas del informe pone énfasis en mencionar casos de diferentes delincuentes como «Ruti» Mariños, oriundo de Perú, uno de los más violentos capos narco de la Capital Federal, sindicado como jefe de parte del narcotráfico de la Villa 31 bis y condenado a 18 años de prisión. César Morán de la Cruz, también peruano y condenado a 15 años por homicidio y el principal competidor de Mariños en el asentamiento de Retiro y el conocido “Marcos» Estrada González, el notorio capo de la Villa 1-11-14, condenado a diez años en dos juicios abreviados y con una larga investigación a cargo del juez Sergio Torres. Cualquier lector de Infobae, al momento de leer dicho artículo pensaría que todos los extranjeros son peligrosos como los mencionados. Sin embargo datos estadísticos oficiales aseguran que del 100% de los presos que se encuentran en cárceles argentinas los migrantes son el 6 por ciento. Este dato no se anuncia en ninguna parte del artículo.
El artículo de Infobae también asegura que Diego Morales, abogado del CELS, dijo: «El fallo de Marinelli ya está apelado. Se apeló el lunes y también lo apeló la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y de Provincia. Esto está a estudio de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo. En su fallo, el juez no observa las garantías que los migrantes tienen en el trámite de expulsión se hayan afectado. De nuevo, no solo se trata de una condena que no esté firme sino la existencia de cualquier antecedente, que implica un auto de procesamiento. El paraguas aquí es amplio».
Así, según el entendimiento de Morales, pueden ser expulsados de Argentina «una persona que corta una calle, que vende en la vía pública, alguien que vende comida en la vía pública. Este DNU puede incorporar cuestiones sociales, ilegalidades mínimas, como resistencia a la autoridad, etc. El Estado tiene la posibilidad de definir cuáles son los criterios de residencia, define quién se puede quedar y quién no. Pero el tema es qué garantías le das al ciudadano de origen migrante, ya que al narcotraficante y al extranjero que incurren en un delito menor le aplican la misma norma. Habla de tres días para preparar una defensa, cuando el ciudadano migrante puede estar preso en este período. Para cualquier apelación en el sistema se dan plazos de hasta un mes. El problema es cómo impacta esto en los sectores populares».
Finalmente según el argumento planteado por abogado del Cels Diego Morales, con el Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU), llevada adelante por el gobierno de Macri, una persona de origen migrante que sea detenida por ganarse la vida vendiendo comida en la calle,(lo cual hoy es un delito menor) tendrá la misma sanción que un narcotraficante.